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TUA de Chetumal ordena pago millonario a Telmex en medio de polémica por decisiones judiciales

Por La Palabra del Caribe

17 marzo, 2026
en Chetumal, Quintana Roo

Chetumal, Quintana Roo.— El Tribunal Unitario Agrario (TUA) Distrito 44, con sede en Chetumal, emitió una resolución que ha encendido cuestionamientos en el ámbito jurídico local, al ordenar a la titular de la Notaría Pública número 107 en Bacalar, Linda Ruperta Osorio Leo, el pago de cinco millones 40 mil 539 pesos con 50 centavos a la empresa Teléfonos de México (Telmex).

La determinación, firmada el 30 de enero de 2026 por el magistrado Rafael Gómez Medina, deriva del conflicto agrario relacionado con el ejido Aarón Merino Fernández, en el municipio de Bacalar. El monto corresponde al valor de bienes que fueron asegurados durante el litigio y que permanecieron bajo la figura de depósito judicial mientras se resolvía el fondo del asunto.

De acuerdo con el órgano jurisdiccional, la orden no implica responsabilidad por daño o irregularidad por parte de la depositaria, sino que obedece a la naturaleza jurídica de su encargo: resguardar bienes por mandato de autoridad y, en su caso, restituirlos o cubrir su valor conforme a la resolución definitiva.

Sin embargo, la resolución no puede analizarse de forma aislada. Forma parte de un fallo más amplio en el que el mismo tribunal condenó previamente a Telmex al pago de 14 millones 996 mil 277 pesos con 63 centavos al ejido Aarón Merino Fernández, por concepto de rentas no cubiertas derivadas de la ocupación de tierras ejidales.

Este doble efecto —por un lado, la condena a la empresa y, por otro, la restitución del valor de bienes asegurados a su favor— ha generado interpretaciones encontradas entre especialistas, quienes advierten posibles inconsistencias en la lógica de ejecución de la sentencia.

En términos prácticos, mientras el ejido fue reconocido como afectado por la ocupación de su territorio, la empresa de telecomunicaciones también resulta beneficiada con la devolución del valor de los bienes que le fueron asegurados durante el proceso, lo que abre el debate sobre el equilibrio en la tutela de derechos dentro del procedimiento agrario.

A ello se suman señalamientos directos hacia la actuación del magistrado Rafael Gómez Medina, cuya resolución ha sido calificada por algunos actores como controvertida, al considerar que la ejecución de las medidas económicas refleja criterios que podrían resultar contradictorios o, al menos, poco claros en su justificación.

El origen del conflicto se remonta al periodo en que Juan Manuel Herrera se desempeñaba como presidente del Comisariado Ejidal, etapa en la que se desarrollaron los actos que derivaron en el aseguramiento de bienes de la empresa.

Aunque el tribunal sostiene que su resolución se limita a dar cumplimiento a una determinación previa y a las reglas del depósito judicial, el caso ha escalado más allá del ámbito estrictamente técnico, colocándose en el centro de la discusión pública por la forma en que se están resolviendo los conflictos agrarios en la región sur de Quintana Roo.

El asunto no solo expone la complejidad jurídica de los litigios agrarios, sino también la creciente exigencia de transparencia y coherencia en las decisiones judiciales, particularmente cuando están en juego montos millonarios y derechos colectivos de núcleos ejidales.

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