Ordena la Corte consignar al ex presidente de la Junta de Conciliación de Chiapas, por ignorar el mandato de rematar bienes de una empresa que tenía adeudos con sus empleados
Por desacatar una sentencia de amparo, el ex presidente de la Junta Especial Número Tres de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas, Omar Alí Sosa López, tendrá que ser consignado ante un juez penal, según ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que el ex servidor público ignoró el mandato judicial de rematar los bienes de una empresa que tenía adeudos con sus trabajadores.
Los ministros del Alto Tribunal del país enviaron así un mensaje a todos los funcionarios del país, de que no permitirán la impunidad cuando desacaten una orden emitida por el Poder Judicial de la Federación, ya que durante su sesión establecieron que todos los casos que sean similares, tendrán que ser remitidos ante los jueces para que el servidor público responsable sea sancionado.
Por mayoría de seis votos contra cinco, los ministros resolvieron que el ex funcionario deberá quedar a disposición de un Juez de Procesos Penales Federales en turno en el estado de Chiapas, porque ignoró el amparo que promovió el ciudadano Arnulfo Arreola Zavala. El pleno de la SCJN dio vista a la Procuraduría General de la República (PGR) para que proceda penalmente contra Sosa López.
De acuerdo con el expediente 860/2013 que se inició por el incidente de inejecución de sentencia, el quejoso Arreola Zavala obtuvo el 25 de septiembre de 2012 un amparo del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, en el que se ordenó a la Junta Especial Número Tres de Conciliación y Arbitraje de la entidad que rematara los bienes de una empresa, para que se liquidaran a los trabajadores los adeudos contraídos.
El entonces titular de la Junta, Sosa López "fue omiso en acatar el fallo protector", por lo que el Juez de Distrito ordenó abrir incidente de inejecución de sentencia y el expediente llegó a la SCJN.
Los ministros del máximo Tribunal del país, concluyeron que Sosa López "tuvo como intención evadir el acatamiento de la ejecutoria de amparo y, por ende, al continuar vigente la actuación contumaz de esa autoridad, es que no ha lugar a declararlo sin materia".
Determinaron que a pesar de que el nuevo titular de la Junta, Luis Roberto Cuesta Vázquez sí dio cumplimiento a la sentencia de amparo, "de manera alguna debe implicar que se condone la contumacia del anterior Presidente de esa Junta Especial, que de manera inexcusable se negó a acatar tal fallo, ni que se le exima de responsabilidades ante el correcto actuar de quien lo relevó en el cargo".
Por ello, la Corte ordenó consignar a Sosa López ante un juez federal "a efecto de que sea sancionado penalmente conforme a lo previsto en el artículo 108 de la Ley de amparo vigente hasta el dos de abril de dos mil trece, por el incumplimiento de la sentencia en el juicio de amparo".