Roberto Borge, exgobernador de Quintana Roo, se mantendrá preso en la cárcel después de que un juez federal le negó un amparo que promovió para modificar la prisión preventiva impuesta al exmandatario estatal, quien enfrenta cargos por cometer delitos relacionados a la delincuencia organizada en su modalidad de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El expriista promovió un juicio de amparo el pasado 28 de diciembre de 2023, ante el juez Alfonso Alexander López Moreno del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales con residencia en Toluca, en el Estado de México.
Al respecto, el juez federal explicó que el amparo promovido por Borge Angulo no procedía debido a que se encuentra sujeto a un proceso penal ante una autoridad judicial distinta. Sin embargo, el juez concedió la suspensión definitiva para que su libertad quede a disposición del juzgado de amparo pero a disposición del juez de la causa penal para que continúe el proceso.
"Se desechó dicha petición, en virtud de que el quejoso se encuentra recluido por su probable intervención en el delito de Delincuencia Organizada con el propósito de cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita, el cual amerita prisión preventiva oficiosa (...) Se concede la suspensión definitiva para el efecto de que el quejoso quede a disposición de este órgano de control constitucional en lo que se refiere a su libertad en el lugar donde se encuentra recluido y a disposición del juez de origen para la continuación del procedimiento", determinó el juez en su resolución.
Es importante recordar que Roberto Borge fue imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de delincuencia organizada, pues lo acusan de haber actuado en complicidad con servidores públicos durante su administración, así como también con familiares, amigos y empleados, para ocultar el origen, destino, movimiento, propiedad y titularidad de 22 bienes inmuebles de la reserva territorial, entonces administrada por el Instituto del Patrimonio del Estado (IPAE).