CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Un juez federal suspendió de manera definitiva la aplicación del acuerdo emitido por el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) mediante el cual se pone freno a las pruebas preoperativas de los generadores privados de energía eólica y fotovoltaica, además de impedir el arranque de ensayos en centrales nuevas.
La resolución, dictada por el Juzgado Primero de Distrito Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, beneficiará en un primer momento a siete empresas del sector de producción de energías renovables, pero es inminente su extensión a las 17 compañías que se ampararon contra la medida publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 29 de abril.
Las compañías que se ampararon contra la orden de frenar las pruebas preoperativas de las centrales de energía eólica y fotovoltaica son: Recursos Solares PV de México IV, Akin Solar, Fuerza Eólica de San Matías, Fuerza Eólica del Istmo, Versalles de las Cuatas Uno, Eólica Tres Mesas 4 y Versalles de las Cuatas Dos.
También se ampararon: FV Mexsolar XI, Tai Durango Cuatro Neo, Eoliatec del Pacífico, Eoliatec del Istmo, Versalles de las Cuatas Tres, Mitre Calera Solar, Eléctrica Del Valle de México, Kenergreen y Elio FV Conejos Médanos.
Otras compañías que solicitaron la suspensión de la norma impugnada fueron Elio FV Xoxocotla, ENR AGS, Parque Amistad II, Parque Salitrillos, EGP Magdalena Solar Dolores Wind y FRV Potosí Solar.
Con la suspensión definitiva, el Cenace no podrá aplicar el “Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional con motivo del reconocimiento de la epidemia por el virus SARS-CoV2 (covid-19)”, porque viola siete artículos constitucionales y varios preceptos de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
Dicha norma ordena frenar todas las pruebas preoperativas de los generadores privados de energía eólica y fotovoltaica, así como cualquier autorización para iniciar los ensayos en centrales intermitentes que no habían comenzado a realizarlas.
El acuerdo emitido por Cenace, en el marco de la crisis sanitaria, argumenta una caída en el consumo de energía eléctrica por la pandemia de covid-19, así como diversas fallas ocurridas en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), particularmente en la zona sureste del país, por lo que restringe la operación de empresas privadas de energía eólica y fotovoltaica que todavía se encontraban en fase de pruebas preoperativas.
Los juicios de amparo presentados por las empresas privadas impugnan el freno impuesto por Cenace a dichas pruebas y la omisión de “no llevar a cabo la evaluación de competitividad en el Mercado de Certificados de Energías Limpias”.
Además, intentan revertir la omisión de la Comisión Federal de Competencia (Cofece) de no iniciar el procedimiento sancionatorio previsto en el artículo 94 de la LFCE para castigar actos monopólicos que dañan la libre competencia en un mismo sector.
Las suspensiones definitivas pueden ser impugnadas por Cenace, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la Secretaría de Energía, mediante un recurso de queja que se interpone ante un tribunal colegiado, que deberá determinar si la suspensión otorgada por el juez de primera instancia es procedente o no.