La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera temporal un predio que registró la quema y remoción de 19 mil 750 metros cuadrados de vegetación arbórea de selva mediana subcaducifolia, para ser utilizado con fines agrícolas.
El responsable del terreno, ubicado en el rancho “San Bernardino”, municipio de José María Morelos (centro de Quintana Roo), no presentó las autorizaciones de cambio de uso de suelo e impacto ambiental que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Los inspectores de la delegación de la Profepa constataron el corte y quema de la vegetación forestal para que el terreno fuera utilizado en la siembra de calabaza y cilantro.
A causa de la devastación se afectaron especies forestales como kaanbal boob (Coccoloba spicata), jabín (Piscidia piscipula), palma de guano (Sabal yapa), tzalam (Lysiloma bahamensis), chaca rojo (Bursera simaruba), kaniste (Pouteria campechiana).
También, la afectación de k’atalox (Swartzia cubensis), yaxnic (Vitex gaumeri), negrito (Simarouba glauca), así como ejemplares aislados de zamia (Zamia loddigesii), consideradas amenazadas por la norma oficial mexicana NOM-059-Semarnat-2010.
Ese tipo de quema produce la pérdida de la cobertura vegetal y pone en riesgo la supervivencia de microrganismos benéficos como ácaros, caracoles, hormigas, gusanos y hongos, entre otros.
Esas actividades podrían originar un aumento en la erosión del suelo y la sedimentación, así como daño o deterioro irreversible a los recursos naturales, por lo que el responsable del terreno tiene cinco días para presentar la documentación solicitada.
En caso contrario, la Profepa continuará el procedimiento administrativo e impondría una multa que iría de los 100 a 20 mil días de salario mínimo, es decir, de 7 mil 10 pesos a un millón 402 mil pesos, respectivamente, según lo establecido en los artículos 163, fracciones I y V, y el 165 fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
En materia de impacto ambiental, la multa podría alcanzar de 30 a 50 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, equivalente a 2 mil 103 pesos y más de 3.5 millones de pesos, respectivamente, conforme al artículo 171 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.