Nueve días después de que entró en vigor el cobro del Derecho No Residente a los turistas que ingresen a México a bordo de cruceros fueron publicadas las reglas de operación para el cobro a las empresas navieras y los agentes consignatarios. De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación ahora se deberá solicitar mediante el correo electrónico [email protected] del INM, una cuenta de acceso al Portal de Servicios Marítimos.
También se deberá dar de alta la lista electrónica de tripulantes y pasajeros que ingresen al país para identificar a los sujetos obligados al pago del derecho que se deberá realizar.
El Instituto Nacional de Migración validará la información contenida en la lista electrónica y el Portal de Servicios Marítimos de manera automática calculará el monto del derecho a pagar, respecto de cada embarcación.
Las empresas navieras, de forma directa o a través de sus agentes navieros consignatarios, deberán concentrar lo recaudado por este cobro, y reportarlo más tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior a la fecha en que se causó el derecho, en ventanilla bancaria o mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que el INM dé a conocer a través del Portal de Servicios Marítimos y autorizada por la Tesorería de la Federación.
El INM mediante correo electrónico enviará a cada una de las empresas navieras y/o agentes navieros consignatarios, el importe total a cubrir y la línea de captura para realizar el pago mediante transferencia electrónica, solicitando la confirmación de recepción del mensaje.
Las compañías podrán optar por realizar el pago en ventanilla bancaria o mediante transferencia electrónica.
El cobro del DNR a turistas de crucero entró en vigor el pasado 1 de julio, luego de negociaciones entre naviera y el gobierno federal, pues originalmente se planteó el cobro de 42 dólares por pasajeros, pero finalmente quedó en 5 dólares durante el primer año, para incrementarse anualmente hasta un máximo de 21 dólares en 2030.
(Con información de Jesús Vázquez)



