Carmen Aristegui y sus colaboradores presentaron una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por agravios y omisiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y de la Secretaría de Gobernación (Segob) en su contra. En un escueto comunicado, la CNDH señala que la queja tiene que ver con la actuación de las autoridades en el conflicto que la periodista y su grupo de colaboradores sostienen con su ex patrón, MVS; además, en el escrito se hace hincapié en que los quejosos señalan agravios en su contra, así como actos y omisiones del IFT y de la Segob.
La CNDH informa que la queja fue atendida por el quinto visitador general, Edgar Corzo Sosa; el director general de Agravio a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos, Rodrigo Santiago; y el director general de Quejas y Orientación, Carlos Manuel Borja Chávez. “Este organismo nacional dará trámite a la queja en cuestión y, conforme al mandato constitucional, en su oportunidad emitirá el pronunciamiento correspondiente”, apuntó la Comisión, luego de recibir el escrito de queja de un grupo de comunicadores, encabezado por Carmen Aristegui Flores.
Demanda mercantil. En Tanto, Grupo MVS presentó una demanda mercantil en la que reclama que se declare judicialmente la terminación de su contrato con Carmen Aristegui. Registros del Consejo de la Judicatura Federal indican que Stereorey Digital y MVS Multivisión Digital presentaron la demanda el 23 de marzo, una semana después de que la empresa anunció que daba por terminada la relación laboral con Aristegui Flores y su equipo.
Rómulo Figueroa Salmorán, juez Décimo de Distrito en Materia Civil, desechó la demanda el viernes 27 de marzo, y ayer notificó que dicha resolución quedó firme, por lo que archivó en definitiva el expediente 155/2015. Según las fuentes del juzgado, el juez resolvió que el caso no es de carácter federal, ya que si bien MVS es titular de una concesión federal, la demanda se refiere a una disputa contractual entre particulares.
Los juicios ordinarios mercantiles son regulados por el Código de Comercio, por lo que la presentación de la demanda implica que, desde el punto de vista de MVS, el contrato con Aristegui Flores es de naturaleza comercial y no tiene carácter estrictamente laboral. Si la demanda es admitida en su momento por un juez del TSJDF, Aristegui Flores será emplazada a contestar y tendrá derecho a presentar una reconvención o contrademanda en la que podrá exigir, por ejemplo, el cumplimiento del contrato en sus términos o alguna indemnización.
Tampoco está claro si el contrato que MVS busca dar por terminado se refiere únicamente a la periodista, o también a sus colaboradores, o si la relación de éstos con la empresa era estrictamente laboral, en cuyo caso esa parte del litigio tendría que ventilarse ante una junta de conciliación y arbitraje.