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Trámite de cambio de compañía telefónica será gratuito y en tres días

13 noviembre, 2014
en Economía
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A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Instituto Federal de Telecomunicaciones publicó las "reglas de portabilidad numérica", con lo cual los usuarios de los servicios de telefonía móvil y fija podrán cambiar de operador sin perder su número.

El documento del IFT indica que la portabilidad debe ser gratuita para los usuarios y que los costos por actualizar elementos de red y sistemas para permitir la portabilidad deben ser sufragados por cada concesionario.

El IFT detalla que se deberá garantizar una portabilidad efectiva y en un plazo no mayor a 24 horas contadas, a partir de la solicitud realizada por el titular del número respectivo. El acuerdo entra en vigor en 90 días a partir de hoy.

A partir de hoy, las empresas de telefonía móvil y fija deberán resolver las solicitudes de cambio de empresa que hagan los usuarios en un plazo no mayor a 3 días.

Este plazo se reducirá a sólo 24 horas el 10 de febrero próximo, una vez que se realicen los cambios técnicos para que los operadores puedan cumplir con la portabilidad, según los estándares fijados en la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Así lo establecen los lineamientos de portabilidad numérica, publicados ayer por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en el Diario Oficial de la Federación.

Destaca que en el acuerdo da a conocer modificaciones a los planes técnicos "fundamental de numeración" y "fundamental de señalización", así como a las especificaciones operativas para la implantación de portabilidad de números geográficos y no geográficos. Se precisa que para realizar dicha portación solo será necesaria la identificación del titular y la manifestación de voluntad del usuario, y para el caso de personas morales el trámite deberá realizarse por parte del representante o apoderado legal.

También se aclara que las comercializadoras deberán permitir la portabilidad numérica y considerárseles proveedores asignatarios de numeración para efectos del proceso de portabilidad. Asimismo, a partir del 1 de enero de 2015, los usuarios dejarán de pagar cargos de larga distancia nacional por llamadas que realicen a cualquier destino nacional.

Se detalla que en el cambio deberá promoverse el uso de medios electrónicos para realizar trámites de portabilidad y reducirse los requisitos, siendo exigibles solo la identificación y manifestación de la voluntad.

El IFT establece que el administrador de la base de datos debe verificar que la portabilidad se ejecutó sin consentimiento del suscriptor, solo cuando el proveedor donador remita un escrito firmado por el suscriptor, acompañado de identificación oficial, factura o comprobante de numeración válido a su nombre.

En ese sentido, si el proveedor donador no envía dicha información la solicitud de reversión se tendrá por rechazada. Este procedimiento deberá iniciar en un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se ejecutó la portabilidad, mediante el envío de reclamo a través del sistema de transferencia electrónico.

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