El nuevo régimen simplificado de confianza, contenido en el paquete económico para el ejercicio fiscal 2022, como su nombre lo indica, busca simplificar la determinación de la carga impositiva y de forma paralela establecer un control que permita verificar que efectivamente los contribuyentes cumplan con las disposiciones fiscales.
Fue el 18 de Agosto cuando por primera vez, la titular del SAT, Raquel Buenrostro se pronunció respecto a la creación de este nuevo régimen, que independientemente de los temas sustanciales, dejo muy claro que lo que se busca es promover la activación económica mediante un esquema de simplificación que incremente la inversión e impulse la competitividad.
La reactivación económica que se busca, radica en la expectativa de aumentar la base de contribuyentes, en razón que se espera un aumento del padrón de un 20% a 30%, esto es, cerca de 23 millones de contribuyentes.
En esta publicación, abordaremos únicamente el estudio de este régimen para personas físicas, donde cabe señalar que el mismo pudiera sufrir cambios con motivo del proceso legislativo.
Este nuevo régimen, resulta sumamente atractivo al prever tasas de impuestos mínimas que se aplican de manera progresiva, que incluso comienzan a partir del 1% tratándose de ingresos no mayores a $300,000 pesos, y una tasa máxima de 2.5% para quienes obtengan ingresos mayores a 3.5 millones de pesos al año, además esta tasa impositiva se aplicará sobre ingresos brutos efectivamente cobrados.
Los requisitos para aprovechar de este régimen, en términos de lo propuesto en el proyecto, son los siguientes:
· Estar dado de alta en el RFC.
· Firma electrónica.
· Habilitar Buzón Tributario.
· Expedir y solicitar facturas a través de la página del SAT.
· Y generar su línea de captura en la página.
Si bien este régimen tiene en su esencia características totalmente favorables que resultan atractivas para cualquier persona física, lo cierto es que también existe una restricción para adherirse al mismo, pues en este futuro régimen no pueden tributar personas físicas que sean socios, accionistas, o integrante de personas morales, también aquellos que perciban ingresos por concepto de asimilados a salarios y aquellos que cuenten ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Dada la extensión y los cuestionamientos que pudieran surgir con motivo de este nuevo régimen, se estarán abordando temas relativos a tarifas, obligaciones, delitos fiscales, pagos provisionales, cfdi´s, entre otros.
De facto, puedo observar que la intención principal del Servicio de Administración Tributaria, es aumentar el padrón de contribuyentes, para una mejora en la recaudación de aquellos sujetos que hasta la fecha siguen en la informalidad y de paso, el ejecutivo pretende activar la economía, dando un incentivo a aquella clase media que alguna vez la denominaron como aspiracionista, mediante un esquema tributario simplificado y con una tasa irrisoria, en esta época tributaria.