A 10 días de que fuera removida como directora ejecutiva de Omnilife-Chivas por su aún esposo Jorge Vergara, Angélica Fuentes contraatacó al citar a una asamblea para echar atrás esa decisión.
En su papel de co-dueña Fuentes convocó a una Asamblea General Ordinaria para accionistas, en la que buscará declarar nula su remoción como cabeza ejecutiva de la sociedad, así como el desconocer la designación de nuevos funcionarios promovidos por Vergara.
Allegados a la empresaria convocaron a accionistas para el 29 de abril para reconocerla como directora de Grupo Omnilife.
“Declaración de nulidad de la remoción y designación de funcionarios de la sociedad realizadas por el accionista Jorge Carlos Vergara Madrigal por carecer de facultades para ello”, cita el primer punto de la orden del día en la convocatoria.
El documento está firmado por Luciano Varona Hernández, comisario suplente de Grupo Omnilife.
“Reconocimiento del carácter de Directora General de la Sociedad a la señora Angélica Fuentes Téllez”, es el segundo punto propuesto.
La cita para la asamblea es en Rinconada del Geranio 3653, Colonia Rinconada de Santa Rita, en Guadalajara, en donde se constató que opera una empresa de servicios financieros denominada Impulsa México.
Arturo Facundo, experto en derecho mercantil, explicó que cualquier accionista que posea un 33% o más de las acciones de una sociedad puede convocar a una asamblea.
Vergara ha reconocido que su cónyuge tenía 49% y él un 51%.
Sin embargo, convocar en un domicilio distinto al registrado en la sociedad podría hacer inválido cualquier acuerdo que se tome en esa asamblea.
El 2 de abril, Vergara señaló que la destitución se debía a un “fraude” en el que estaban involucrados allegados a su cónyuge.
Una fuente cercana al área legal de Omnilife consideró que la convocatoria sería improcedente.
“Es una convocatoria completamente ilegal, primero los estatutos sociales no prevén que pueda operar el Comisario Suplente, si el Comisario titular está en funciones no tiene porque funcionar el suplente”, dijo.
“En segundo lugar, la segunda convocatoria está prevista para el mismo día y a la misma hora, es decir, unos (30) minutos después y la corte ha pronunciado que eso es ilegal. Tiene que haber otra convocatoria con unos 15 días de diferencia”.




