La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Protección Civil para incorporar los fenómenos astronómicos como una figura materia de la ley, y clarificar los protocolos de colaboración científica en caso de un desastre proveniente del espacio exterior.
El diputado perredista Andrés Eloy Martínez indicó que "los acontecimientos denominados fenómenos astronómicos son agentes perturbadores que se generan por la constante actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasionan fenómenos destructivos, poniendo en riesgo la vida humana; encontramos el impacto de meteoritos, tormentas solares."
El promotor de esta iniciativa, el perredista Andrés Eloy Martínez, uno de los 20 mexicanos finalistas para ir a Marte en el año 2025, dijo que esta reforma aprobada hace un año, y modificada por el Senado, define los fenómenos astronómicos como aquellos eventos del espacio exterior a los que están sometidos estrellas, planetas, cometas y meteoros que en su interacción con la Tierra pueden ser destructivos.
Fenómenos entre los que se incluye la basura espacial, dijo, generada por la tecnología del hombre, como los satélites que ya no funcionan…
"Tan solo en noviembre del 2013 el satélite Goce de la Agencia Espacial Europea, de 750 kilogramos estuvo a punto de caer en territorio mexicano", dijo el diputado Andrés Eloy Martínez.
Por lo que en la ley se establece el trabajo conjunto entre la Coordinación Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Agencia Espacial Mexicana, a fin de crear políticas en materia de prevención y atención a desastres.
El diputado priista Cesar Navarro comentó que "al clarificar de forma precisa los protocolos de colaboración científica y entre los diferentes órdenes de gobierno para atender eventuales desastres ocasionados por objetos que provengan del espacio exterior o cualquier agente perturbador espacial."
La reforma a los artículos 2, 20 y 82 de la Ley General de Protección Civil fue aprobada por 427 votos a favor y turnada al Ejecutivo para su promulgación.



