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Semarnat frena construcción de 108 habitaciones hoteleras en Punta Venado, municipio de Playa del Carmen, por riesgo para los manglares

Por La Palabra del Caribe

12 octubre, 2026
en Playa del Carmen, Quintana Roo
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Playa del Carmen, Quintana Roo, 12 de octubre de 2026.— La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) rechazó la construcción de 108 habitaciones hoteleras en el proyecto turístico Punta Venado, ubicado en el municipio de Playa del Carmen, al determinar que las obras propuestas invadían la franja de protección de 100 metros establecida para preservar los ecosistemas de manglar.

La resolución representa una restricción importante para el desarrollo inmobiliario en una zona de alto valor ecológico, aunque la dependencia federal confirmó que la empresa Residencial Punta Venado, S.A. de C.V. obtuvo una autorización parcial y condicionada para construir otras instalaciones turísticas y residenciales.

De acuerdo con la información difundida por la Semarnat, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) únicamente autorizó 30 suites y 23 residencias, de las 50 suites y 33 residencias que originalmente pretendía desarrollar la empresa.

La autoridad ambiental también negó la instalación de una planta de ósmosis inversa, albercas, senderos, andadores y diversos accesos hacia la playa, debido a que algunos de estos componentes comprometían las áreas destinadas a la conservación del manglar.

El proyecto se localiza en el corredor ecológico Punta Venado-Paamul, al sur de Playa del Carmen, una región caracterizada por su biodiversidad, vegetación costera, cenotes, sistemas de manglares y zonas de importancia para la conservación de especies silvestres.

Uno de los aspectos centrales de la resolución establece que la empresa deberá conservar en estado natural al menos el 75 por ciento de las superficies de duna costera y berma rocosa, además de mantener una franja de protección equivalente al 20 por ciento del predio para favorecer la continuidad de los corredores biológicos.

La Semarnat precisó que el terreno comprende aproximadamente 111.559 hectáreas, pero aclaró que la autorización ambiental no permite desmontar ni construir sobre la totalidad de esa superficie.

La dependencia sostuvo que únicamente podrán ejecutarse las obras expresamente autorizadas y dentro de las áreas identificadas como compatibles mediante los estudios de zonificación ambiental.

El antecedente del proyecto se remonta al 4 de junio de 2024, cuando la DGIRA negó una primera solicitud de autorización debido a incumplimientos relacionados con la protección de manglares y tortugas marinas.

Sin embargo, el 26 de septiembre de ese mismo año, la empresa presentó una nueva propuesta acompañada de modificaciones y documentación técnica complementaria, lo que posteriormente permitió obtener una autorización parcial.

Durante el procedimiento participaron diversas instituciones ambientales, entre ellas la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), la Comisión Nacional Forestal (Conafor), la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC).

No obstante, la autorización parcial ha generado cuestionamientos entre especialistas y organizaciones ambientalistas, debido a los posibles impactos acumulativos que el desarrollo turístico podría ocasionar sobre los ecosistemas costeros.

En particular, se han expresado preocupaciones por la fragmentación de hábitats, la alteración de los flujos naturales del agua, la afectación de cenotes y sistemas subterráneos, así como por los riesgos para la fauna y la vegetación protegida.

Los manglares desempeñan una función fundamental en el equilibrio ambiental de la Riviera Maya, al actuar como barreras naturales frente a fenómenos meteorológicos, proteger las costas contra la erosión, favorecer la biodiversidad y contribuir a la conservación de los sistemas hídricos.

Por ello, la discusión ambiental sobre Punta Venado no se limita a las 108 habitaciones rechazadas, sino que también comprende los efectos que podrían generar las 30 suites y 23 residencias que sí recibieron autorización condicionada.

La decisión federal deja abierta una cuestión fundamental para la protección ambiental de Quintana Roo: garantizar que las restricciones establecidas se cumplan durante cualquier intervención en el predio y que las actividades autorizadas no provoquen daños irreversibles a los ecosistemas.

El caso de Punta Venado vuelve a colocar en el debate público la presión del crecimiento inmobiliario y turístico sobre las áreas naturales de la Riviera Maya, donde la conservación de manglares, dunas costeras y corredores biológicos constituye un desafío permanente.

La autorización parcial no representa un permiso para intervenir indiscriminadamente el terreno, por lo que corresponderá a las autoridades ambientales vigilar el cumplimiento de las condiciones establecidas y actuar ante cualquier incumplimiento.

La protección efectiva de Punta Venado dependerá no solamente de las restricciones documentadas en la resolución, sino también de la supervisión de las obras y de la conservación real de los ecosistemas que todavía subsisten en esta franja del Caribe mexicano.

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