Ciudad de México.— La narrativa se le vino abajo en plena sesión. La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que el Instituto Mexicano del Seguro Social niegue a menores de edad lentes, auxiliares auditivos, prótesis e implantes, al establecer que dichas restricciones vulneran el derecho a la salud y el interés superior de la niñez.
Pero en medio de ese criterio contundente, hubo un voto que desentonó: el de Lenia Batres Guadarrama, quien decidió colocarse del lado de las limitaciones presupuestales y no del lado de los derechos fundamentales.
El fallo del máximo tribunal no deja espacio a interpretaciones cómodas. La Corte reafirmó que los servicios de salud no pueden condicionarse a reglamentos internos cuando se trata de garantizar derechos humanos, y menos aún en perjuicio de niñas, niños y adolescentes. El acceso a estos insumos no es un privilegio: es una obligación constitucional del Estado.
La postura de Batres, basada en argumentos de sostenibilidad financiera del IMSS, abre un frente delicado. En el diseño constitucional mexicano, los derechos sociales —como la salud— están sujetos al principio de progresividad, lo que impide retrocesos bajo pretextos administrativos o económicos. Traducido sin rodeos: no hay presupuesto que justifique negar a un niño la posibilidad de ver, escuchar o desarrollarse dignamente.
La contradicción es evidente. Quien se ha posicionado públicamente como “la ministra del pueblo”, terminó votando en contra de una resolución que protege directamente a uno de los sectores más vulnerables. El contraste entre discurso y decisión judicial no es menor: golpea la credibilidad y pone en duda la coherencia de su criterio.
El contexto agrava el caso. La cercanía familiar con la dirección del Instituto Mexicano del Seguro Social ha encendido cuestionamientos sobre la imparcialidad de su postura, al coincidir su voto con la defensa de políticas institucionales que la propia Corte terminó por invalidar.
Más allá del señalamiento político, el fondo es jurídico. La resolución obliga al IMSS a modificar sus prácticas y garantizar el acceso efectivo a insumos médicos esenciales para menores. Es un precedente que fortalece el alcance real del derecho a la salud y delimita con claridad hasta dónde puede llegar la burocracia.
El mensaje es directo: la justicia constitucional no está para proteger presupuestos, está para garantizar derechos. Y en este caso, mientras la Corte avanzó, la autodenominada “ministra del pueblo” decidió ir en sentido contrario.



