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Decreta XVII Legislatura reformas en materia de pérdida de patria potestad

La persona progenitora condenada por feminicidio puede perder la custodia de los menores.

21 mayo, 2024
en Chetumal, Quintana Roo
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Chetumal, Quintana Roo. - La XVII Legislatura del Estado decretó reformas al Código Civil y al Código Penal de nuestra entidad, mediante las cuales se establecieron en el marco jurídico local diversas causales para la suspensión y pérdida de la patria potestad.

En la sesión número 30 se dio lectura a la minuta de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil y del Código Penal, la cual fue aprobada en la sesión anterior por unanimidad de votos de las diputadas y diputados.

Dichas reformas establecen una causal para la pérdida de la patria potestad cuando la persona progenitora haya sido condenada por el delito de feminicidio o bien por homicidio en contra de la madre o el padre de los menores.

Con esta medida se busca salvaguardar la integridad de las niñas, niños y adolescentes, ya que permitir que sigan bajo la custodia de un feminicida podría tener repercusiones en su desarrollo emocional o psicológico.

También se podrá perderla si una persona progenitora es sentenciada por algún delito contra la libertad y seguridad sexual y si, a petición de la otra persona progenitora, se considera perjudicial para los menores mantener una relación con tal persona.

Además, se podrá suspender la patria potestad a quien incumpla parcial o totalmente la obligación alimentaria provisional por más de 60 días sin causa justificada a consideración de la persona juzgadora.

En la sesión de este día se dieron lectura a otras minutas de decreto, se aprobaron dos dictámenes para desechar iniciativas y fue turnada a comisiones una iniciativa de reforma.

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