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Por nuevas prohibiciones, demandan amparo dulceros

21 octubre, 2020
en Nacional
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La nueva política tendiente a disminuir el consumo de productos de nominados “chatarra”, los Congresos de los estados emiten reformas a sus leyes de salud, las cuales, no sólo mermarán las ventas de los grandes productores de gaseosas y bebidas azucaradas, sino que generarán un daño irreversible a la industria del dulce en general.

Ante ello, La Asociación Mexicana de Directivos de Venta de Dulce A.C., con sede en la Perla Tapatía, tramitó una demanda de amparo indirecto en el Estado de Tabasco, ya que estamos en desacuerdo con la el “Decreto número 215 por el que se reforman los artículos 87 y 88; y se deroga el artículo 163, todos de la Ley de Salud del Estado de Tabasco que prohíbe, la comercialización de dulces, bebidas azucaradas, entre otros productos a menores de edad.

 

EL DAÑO ES A LOS MICRO Y PEQUEÑOS PRODUCTORES Y DISTRIBUIDORES

Distribuidores de dulces al mayoreo y menudeo recordaron que dentro de las prohibiciones se encuentran productos incluso artesanales que han permitido la subsistencia de miles de familias mexicanas.

Desde quienes producen golosinas como frituras de harina y maíz, hasta quienes manufacturan dulces y paletas y que son independientes de las grandes transnacionales, serán las víctimas de estas reformas.

En entrevista, un expendedor al mayoreo de dulces tradicionales que eligió el anonimato, acotó que las menos afectadas serán las grandes transnacionales, toda vez que, anticipándose a la tendencia global de disminuir el consumo de ciertos productos, han ampliado el alcance de sus firmas a productos distintos a las bebidas azucaradas y gaseosas, acaparando el mercado de los lácteos, entre otros.

“Diversificación a la que los pequeños productores y comercializadores de dulce no aspiramos, pues no contamos no con los apoyos, la solvencia o el respaldo de instituciones financieras que ofrezcan soluciones reales a la estrepitosa caída en el consumo de golosinas que, debido a la pandemia ha registrado ya una caída considerable”, acotó el entrevistado.

EL COMUNICADO

En este sentido, la AMDIVED, emitió un comunicado en el que informa: “nos permitimos comunicar que hemos decidido, como Asociación, contratar un despacho legal para interponer demanda de amparo indirecto en el Estado de Tabasco, ya que estamos en desacuerdo con la el “Decreto número 215 por el que se reforman los artículos 87 y 88; y se deroga el artículo 163, todos de la Ley de Salud del Estado de Tabasco”

Esta reforma, “prohíbe, entre otros supuestos: 1) La venta, distribución donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas pre envasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparados con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma sólida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, a menores de edad”.

“2) La venta, distribución donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas pre envasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparados con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma sólida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, en hospitales públicos y privados, clínicas y centros de salud”.

“Así como la instalación de máquinas expendedoras de esos productos.” Como Asociación creemos importante manifestar por los medios legales nuestra inconformidad respecto a estas modificaciones a la ley, por tanto, se ha ingresado ante la autoridad competente nuestra demanda el día 9 de Octubre de 2020 obteniendo folio de registro 1467041/2020”.

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